Cuándo presentar la declaración
Para los contribuyentes designados como principales contribuyentes que durante el ejercicio 2019 hubieran percibido ingresos hasta 5,000 UIT (S/ 21‘000,000), les aplica el siguiente cronograma:
Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
---|---|
0 | 24/06/2020 |
1 | 25/06/2020 |
2 | 26/06/2020 |
3 | 30/06/2020 |
4 | 01/07/2020 |
5 | 02/07/2020 |
6 | 03/07/2020 |
7 | 06/07/2020 |
8 | 07/07/2020 |
9 | 08/07/2020 |
Buenos contribuyentes | 09/07/2020 |
Para los demás contribuyentes obligados a la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019, siempre que durante el ejercicio 2019 hubieran percibido ingresos hasta 5,000 UIT (S/ 21‘000,000), les aplica el siguiente cronograma:
Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
---|---|
0 | 21/07/2020 |
1 | 22/07/2020 |
2 | 23/07/2020 |
3 | 24/07/2020 |
4 | 30/07/2020 |
5 | 31/07/2020 |
6 | 03/08/2020 |
7 | 04/08/2020 |
8 | 05/08/2020 |
9 | 06/08/2020 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 07/08/2020 |
Base Legal: Resolución de Superintendencia N° 054-2020/SUNAT, Resolución de Superintendencia N° 061-2020/SUNAT y Resolución de Superintendencia N° 99-2020/SUNAT
Como presentar la declaración
Existen tres formas:
a. El Formulario Virtual N° 710: Renta Anual - Simplificado – Tercera Categoría, debe ser utilizado por los sujetos que durante el ejercicio gravable a declarar hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del RMT, salvo que en dicho ejercicio gravable se encuentre en los supuestos detallados en el inciso siguiente.
Si deseas declarar, ingresa al Formulario Virtual N° 710: Renta Anual - Simplificado – Tercera Categoría
b. Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, debe ser utilizado únicamente por los sujetos que durante el ejercicio gravable a declarar hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto, y que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Sus ingresos netos superen las 1 700 (mil setecientas) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
- Gocen de algún beneficio tributario.
- Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.
- Estén obligados a presentar la declaración jurada anual informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País.
- Estén obligados a presentar el Balance de Comprobación.
- Pertenezcan al sistema financiero.
- Hayan presentado el anexo a que se refiere el artículo 12 del Reglamento del ITAN, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2005-EF, mediante el cual se ejerce la opción de acreditar los pagos a cuenta del Impuesto contra las cuotas del ITAN.
- Hayan intervenido como adquirentes en una reorganización de sociedades.
- Deduzcan gastos en vehículos automotores asignados a actividades de dirección, representación y administración, de conformidad con lo dispuesto en el inciso w) del artículo 37 de la Ley.
- Hayan realizado operaciones gravadas con el ITF, conforme a lo previsto en el inciso g) del artículo 9 de a Ley del ITF.
Hayan celebrado contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente de la de sus socios o partes contratantes.
Si deseas:
Para Instalación en Línea descarga: Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF.
Para descargar versión portable: Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF.
c. El PDT N.° 710, solo podrá ser utilizado excepcionalmente en los casos que por causas no imputables a los contribuyentes estos se encuentren imposibilitados de presentar la Declaración a través de SUNAT Virtual utilizando el Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría, o el Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF.